Se aprobó la ordenanza que aplica severas multas a Uber

Se aprobó la ordenanza que aplica severas multas a Uber

El Concejo Deliberante lo aprobó con 21 votos a favor, una abstención y un voto en contra. Gran cantidad de taxistas y remiseros colmaron los alrededores del edificio comunal.

24 de enero de 2019

El Concejo Deliberante aprobó la ordenanza que aplica severas multas a la empresa Uber y también a aquellos choferes que trabajen para la empresa.

Con 21 votos a favor, una abstención (Guillermo Volponi), un voto en contra (Angélica González) y una ausencia (Alejandro Carrancio), el expediente fue aprobado en medio de aplausos y gritos de los taxistas y remiseros que coparon la Barra del deliberativo y también los alrededores de la municipalidad.

El proyecto elevado horas atrás por el intendente Carlos Arroyo, modifica la Ordenanza Municipal Nº 13.613 que regula en materia de transporte de personas rige en el Partido de General Pueyrredon y, establece que la sola prestación del servicio de transporte de personas con vehículo sin habilitación municipal, constatada por la autoridad de aplicación, dará lugar al secuestro del vehículo y para su conductor la imposición de una multa graduable entre 10 y 50 sueldos mínimos del personal municipal, con más la accesoria de inhabilitación para conducir automotores por el plazo de 180 días hábiles administrativos contados a partir de la fecha en que la sentencia quede firme y consentida.

En caso de reincidencia, la multa a aplicar será entre 15 y 60 sueldos mínimos del personal municipal, con más la accesoria de inhabilitación para conducir por el plazo de 360 días hábiles. Además será infraccionado quien resulte ser el titular registral del vehículo, en el supuesto caso de no haber coincidencia de su identidad con la del conductor.

Además, se deja constancia que la difusión por cualquier medio y formato y/o la oferta pública del servicio de transporte dará lugar a la imposición de una multa, para las personas humanas y/o jurídicas responsables del hecho, gradualmente cincuenta (50) sueldos y ochenta (80) sueldos mínimos del personal municipal. En caso de reincidencia, la multa a aplicar será entre (70) setenta y noventa (90) sueldos mínimos del personal municipal.

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