El proyecto propone una combinación de sanciones y campaña de concientización para fomentar su cumplimiento. Entre el primer grupo, se establecen multas de entre el 30% y el 40% de lo que representan 10 salarios mínimos municipales para quienes circulen con caños de escape adulterados. Con un salario mínimo actual de $54.052, ello representa hoy en día un monto de entre $162 mil y $216 mil.
El Frente de Todos presentó en el Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para prohibir la circulación de motocicletas, ciclomotores, cuatriciclos y vehículos de cualquier tipo y cilindrada que no posean caño de escape homologado o que el mismo haya sido modificado, así como aquellos que produzcan ruido de impacto por aceleración, desgaste, estar defectuosos, carecer de silenciador u otros mecanismos. De ser aprobado, no solo estará prohibido su uso, sino también su comercialización y/o instalación.
A su vez, el proyecto propone una combinación de sanciones y campaña de concientización para fomentar su cumplimiento. Entre el primer grupo, se establecen multas de entre el 30% y el 40% de lo que representan 10 salarios mínimos municipales para quienes circulen con caños de escape adulterados. Con un salario mínimo actual de $54.052, ello representa hoy en día un monto de entre $162 mil y $216 mil. Las multas serán más gravosas para quienes comercialicen y/o los instalen, con sanciones económicas que van desde el 50% ($270 mil actuales) al 100%.
El monto exacto será determinado por la Justicia de Faltas considerando el nivel de reincidencia, el horario y el lugar (cercanía a establecimientos escolares, efectores de salud, espacios públicos de recreación o esparcimiento) o aquellos que la autoridad de aplicación determine mediante la reglamentación de la ordenanza.
Además, se fijan algunas morigeraciones a fines de apostar a la toma de conciencia de los motoqueros. Por caso, dentro del plazo de un año desde la publicación de la ordenanza, las sanciones se reducirán en un 50%. Luego, transcurrido el plazo previsto, entre los primeros 60 y 120 días posteriores, se procederá a reducir en un cien por ciento 100% las sanciones previstas con la condición de que la persona infractora concurra a la Municipalidad con caño de escape reglamentario en un plazo no mayor a los 30 días de producida la sanción.
Finalmente, se faculta al Ejecutivo a realizar campañas de concientización y difusión de la normativa, donde el gobierno deberá presentar la planificación de las mismas dentro de los 30 días de sancionada la presente ordenanza.