El dictamen, firmado por los jueces de la Sala I, Gastón de Marco y Adrián Angulo, rechaza además la apelación del Ejecutivo local. En su resolución, remarcaron que lo dispuesto “en modo alguno impide u obstaculiza la actividad de la Patrulla Municipal”.
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó este viernes la resolución del Juez Juan Tapia que ordena a la Municipalidad de General Pueyrredon a dejar de realizar operativos que impliquen violencia física y verbal a personas en situación de calle por parte de la Patrulla Municipal.
El fallo, firmado por los jueces de la Sala I, Gastón de Marco y Adrián Angulo, rechaza además la apelación del Ejecutivo local. En su resolución, remarcaron que lo dispuesto “en modo alguno impide u obstaculiza la actividad de la Patrulla Municipal”.
Los magistrados sostuvieron que la orden judicial no debiera ser “fácilmente desobedecida”, ya que prohíbe también la sustracción de documentos u objetos personales. Recordaron que todo funcionario público debe actuar en resguardo de la vida, la integridad física y psíquica, la libertad y la dignidad de las personas.
En su análisis, la Cámara señaló que la repetición de las conductas denunciadas a lo largo del año, respaldadas por testimonios grabados y relevamientos en audiencias, evidencia que el riesgo de nuevas vulneraciones “es actual o inminente”, lo que hace necesario el habeas corpus preventivo de alcance colectivo.