El tribunal de Mar del Plata revocó la medida que había suspendido la ordenanza municipal vinculada al emprendimiento inmobiliario en el tradicional barrio costero. La decisión se dio en el marco de la causa impulsada por la asociación Mirada Ciudadana contra el Municipio.
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata rechazó la medida cautelar que había suspendido la ordenanza que habilita la construcción de un edificio de 35 pisos a una cuadra del mar, en el histórico barrio Stella Maris, y de esta manera dejó sin efecto la decisión dictada en primera instancia.
El pronunciamiento se dio en el marco de la causa “Mirada Ciudadana y otro/a c/ Municipalidad de General Pueyrredon s/ pretensión anulatoria”, donde la organización civil había cuestionado la validez de la ordenanza municipal que autorizó el proyecto inmobiliario y había solicitado frenar su aplicación mientras se resolviera el fondo del litigio.
En mayo de 2025, el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 había hecho lugar a la cautelar pedida por los demandantes y ordenado suspender los efectos de la Ordenanza 26.448, al considerar que existían indicios suficientes de posibles irregularidades urbanísticas y ambientales.
Sin embargo, tras los recursos presentados por la Municipalidad y por la firma que lleva adelante el proyecto, la Cámara revisó la resolución y concluyó que no se encontraban reunidos los requisitos necesarios para mantener la medida precautoria.
En su fallo, los jueces analizaron los argumentos de las partes y evaluaron si estaban acreditados los presupuestos exigidos para suspender de manera provisoria una ordenanza municipal, una decisión que en el ámbito judicial suele requerir un estándar particularmente estricto.
El tribunal consideró que los planteos de los apelantes resultaban atendibles en esta etapa del proceso y entendió que no se verificaban con suficiente claridad los elementos que justificaran la paralización cautelar de la norma municipal cuestionada.
De esta manera, la Cámara resolvió hacer lugar a los recursos de apelación y revocar la medida dictada en primera instancia, lo que implica que la ordenanza vuelve a tener plena vigencia mientras continúa el trámite de la causa principal.
El conflicto judicial se originó por el proyecto que prevé levantar una torre de gran altura en un sector tradicional de la ciudad, a pocos metros del frente costero, lo que generó cuestionamientos por parte de vecinos y organizaciones que advierten sobre el impacto urbanístico y patrimonial en el entorno del barrio Stella Maris.
Pese a la decisión adoptada por el tribunal de alzada, el expediente continuará su curso en la Justicia, donde todavía deberá resolverse la demanda principal que busca la anulación de la ordenanza que habilitó el emprendimiento. Mientras tanto, el fallo de la Cámara deja sin efecto el freno judicial que pesaba sobre la iniciativa.