La ley no agravaría las condenas penales y solo apuntará a establecer sanciones deportivas tanto para los involucrados como para los clubes. Se impulsa en la provincia y el Capital.
El diputado provincial Daniel Lipovetzky y el legislador porteño Leandro Santoro trabajan sobre una iniciativa de Valeria Carrera, abogada de la familia del joven asesinado en Villa Gesell
El diputado provincial Daniel Lipovetzky, explicó que se trata de una iniciativa de la abogada Valeria Carrera, quien asumió la representación legal de la familia de Fernando Báez Sosa, y propuso bautizar a la ley como “Ley Fernando”, en honor al joven asesinado durante la madrugada del sábado 18 de enero.
Técnicamente, la figura legal de la “mano prohibida” no existe en el Código Penal. Sin embargo, en el caso de los boxeadores y los judocas los jueces pueden agravar las penas cuando entienden que hubo un uso de “fuerza desproporcionada”.
Lipovetzky aclaró que la ley Fernando no agravaría las condenas penales ya que las legislaciones porteñas y bonaerense son locales y no pueden modificar el Código Penal de la Nación. Por lo tanto, la norma sólo apuntará a establecer sanciones deportivas tanto para los involucrados como para los clubes.
Según el primer borrador, “se sancionará con la suspensión por una fecha al jugador de rugby mayor de 16 años que protagonice una agresión, lesión, pelea, episodio de violencia, amedrentamiento o intimidación a terceros”. Además, durante la fecha que quede sin jugar para su club el joven deberá asistir a una charla o taller referida a la temática género, respeto de la diversidad, violencia de género o violencia en general.
Sin embargo, si los episodios de violencia se repitieran -tres suspensiones del jugador- “se procederá a la quita de puntos al club”.