La Cámara Federal de Mar del Plata validó la actuación de Santiago Martín, el magistrado que paralizó un proyecto clave y luego apareció en una foto con el constitucionalista Daniel Sabsay.
La controversia que se generó entre el Gobierno nacional, la oposición y algunas organizaciones ambientalistas por la explotación de petróleo offshore en Mar del Plata sigue. Ahora, la Cámara Federal de nuestra ciudad rechazó el pedido de recusación de Nación contra el juez Santiago Martín, que tiempo atrás frenó el proyecto y después apareció en una foto junto al constitucionalista Daniel Sabsay.
El fallo lleva la firma de los jueces Alejandro Osvaldo Tazza y Eduardo Pablo Giménez.
En su fallo, los magistrados tomaron el planteo que había hecho el gobierno contra el juez de primera instancia a principios de febrero pasado. Había sido recusado tras la publicación de una foto en Twitter donde aparece junto a Sabsay y el abogado ambientalista José Esain, lo que para el Estado significó la supuesta parcialidad.
Tras el rechazo en primer instancia, ahora los camaristas citaron la resolución del propio juez Martín entre los argumentos para rechazar el pedido de apartamiento. “Como refiere el magistrado recusado, se trata de una relación meramente académica, propia de sujetos que participan de la actividad docente universitaria y que contribuyen a la doctrina de la especialidad”, adujeron.
La Cámara también citó una serie de artículos del Código Penal que indican que la recusación procedería en caso que el magistrado tenga con alguno de los litigantes una relación de amistad de gran familiaridad.
Sin embargo, un párrafo después sostuvieron que la supuesta relación entre los abogados y el juez “no enmarcaría dentro de los supuestos contemplados (…) ni por cuanto ni Esain ni Sabsay son intervinientes en el caso”.
Pero más allá de que la Cámara haya avalado la continuidad del magistrado en la causa por la explotación off shore frente a las costas marplatenses, también hubo una advertencia.
Los camaristas sostuvieron que es conveniente “recordar que los magistrados deben actuar con imparcialidad en los procesos puestos a su conocimiento”.
De ese modo, indicaron que deben abstenerse “de generar situaciones confusas para los litigantes que pudieren suscitar planteos recusatorios inapropiados, generando un desgaste jurisdiccional innecesario”.