El Ejecutivo redefinió el esquema original de la Tasa de Alumbrado

El Ejecutivo redefinió el esquema original de la Tasa de Alumbrado

La reglamentación firmada por el intendente Agustín Neme modificó criterios centrales del tributo que comenzará a cobrarse en la factura de luz. Se tendrán en cuenta más luminarias por inmueble y también la cantidad de viviendas dentro de un mismo lote.

7 de mayo de 2026

El gobierno municipal avanzó con la reglamentación de la nueva Tasa de Alumbrado Público y sorpresivamente oficializó cambios en el esquema de cálculo que podrían traducirse en un incremento de la recaudación prevista por el Municipio.

 

La medida quedó plasmada en el Decreto 932/2026, firmado por el intendente Agustín Neme, y establece los criterios para aplicar el tributo que este año fue separado de la Tasa de Servicios Urbanos (TSU) para comenzar a cobrarse directamente a través de las facturas de electricidad.

 

Uno de los principales cambios tiene que ver con la cantidad de luminarias que serán consideradas para determinar el valor a pagar. Aunque durante el debate legislativo se había planteado que el cálculo se haría tomando únicamente las luces de la cuadra correspondiente, la reglamentación amplió ese criterio y ahora incluirá también las arterias que rodean la manzana donde se encuentra el inmueble, dentro de un radio determinado.

Ese punto impactará directamente en el monto final de la tasa, ya que el cuadro tarifario fija distintos valores según la cantidad y el tipo de luminarias instaladas en la zona.

 

Otro aspecto relevante es que el Municipio resolvió que la tasa no se aplicará solamente por lote, sino por cada unidad habitacional existente dentro de un mismo inmueble cuando no haya subdivisión formal ni medidores independientes. De esta manera, una propiedad con varias viviendas deberá abonar el tributo por cada una de ellas.

 

La reglamentación también definió excepciones. Continuarán pagando el servicio dentro de la TSU los terrenos baldíos sin conexión eléctrica y los inmuebles ubicados en sectores donde no exista prestación de energía. A su vez, quedaron excluidos del nuevo esquema ciertos usuarios comerciales e industriales de mayor consumo, además de quienes están alcanzados por la Tarifa Eléctrica de Interés Social.

 

En paralelo, el decreto fijó un mecanismo de actualización automática de la tasa cada dos meses, tomando como referencia la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC). El criterio difiere de la redacción original de la ordenanza fiscal, que vinculaba los ajustes con la variación de los costos del servicio.

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