Aprobaron la ordenanza que prohíbe la publicidad de franquicias inmobiliarias

Aprobaron la ordenanza que prohíbe la publicidad de franquicias inmobiliarias

El proyecto fue acompañado por amplia mayoría en la última sesión del Concejo Deliberante.

30 de diciembre de 2020

En el marco de la última sesión del año, el Concejo Deliberante aprobó por amplia mayoría (20 a 4) el proyecto de ordenanza presentado por el Bloque de la UCR encabezado por la concejal Vilma Baragiola, acompañado de Cristina Coria y el resto del bloque radical, que prohíbe de cualquier tipo de publicidad o promoción por parte de las empresas que se mueven mediante franquicias en el rubro inmobiliario del Partido de General Pueyrredón.

 

Se trató de un planteo realizado por el Centro Inmobiliario Marplatense con el apoyo del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos.

 

Esta aprobación, coincide con la resolución de la Inspección General de Justicia de la Nación (IGJ) de septiembre, que determina ilícita la actividad inmobiliaria bajo el régimen de franquicias. El ordenamiento legal establece que existe una distinción entre los contratos comerciales y las profesiones independientes como el corretaje inmobiliario y que las mismas no pueden entonces ser franquiciadas.

 

La decisión del máximo organismo que regula y controla las sociedades comerciales, surgió haciendo lugar a la denuncia del Colegio de Corredores Inmobiliarios de la ciudad de Buenos Aires puntualmente en contra de Remax Argentina SRL, sociedad que detenta el uso de la marca Remax en nuestro país, respecto del ejercicio ilícito de la actividad inmobiliaria por parte de la misma, y por esta razón el organismo nacional determinó que dicha firma ya no podrá operar, debiendo iniciarse el proceso judicial de disolución y liquidación de la misma en el marco de lo dispuesto por los arts. 18 y 19 de la ley 19.550 de sociedades comerciales.

 

En General Pueyrredon funcionan tres empresas con franquicias inmobiliarias internacionales, las que a partir de lo sancionado ahora por nuestro HCD deberán abstenerse de efectuar la difusión por cualquier modo o formato y/o la oferta pública del servicio de intermediación inmobiliaria; constatada por la autoridad competente, dará lugar a la imposición de una multa para las personas humanas y/o jurídicas responsables, graduable entre cincuenta (50) sueldos y ochenta (80) sueldos mínimos del personal municipal.

 

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