La Secretaría de Energía apelará la resolución judicial que frena la explotación offshore en Mar del Plata

La Secretaría de Energía apelará la resolución judicial que frena la explotación offshore en Mar del Plata

El titular del área, Darío Martínez, adelantó que están analizando el fallo y preparando la presentación correspondiente. El juez federal que dictó el cese de esta actividad fundamentó falencias en el estudio de impacto ambiental y escasa consulta.

12 de febrero de 2022

El juez federal de Mar del Plata, Santiago Martín, dictó una medida cautelar por la que suspende de manera inmediata y sin plazo el proyecto que el Gobierno, a través de una resolución del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, impulsó sobre explotación petrolera en el Mar Argentino, a la altura de Mar del Plata. La Secretaría que conduce Darío Martínez adelantó que apelarán la decisión.

 

Para el magistrado, el Estado tuvo un “cumplimiento defectuoso” de los estándares sobre información y participación que se exigen en la legislación vigente en nuestro país y también en el Acuerdo de Escazú, el primer tratado ambiental que rige en América Latina y el Caribe. Resaltó también las “falencias” del Estudio de Impacto Ambiental debido a la “insuficiente proyección” sobre los impactos acumulativos de las múltiples exploraciones a realizarse sobre el Mar Argentino. Además, se cuestionó la falta de una instancia de consulta al municipio de General Pueyrredón durante el proceso.

 

Justamente el intendente Guillermo Montenegro, había realizado una presentación judicial donde reclamó que se dicte una cautelar para parar el proyecto. No fue el único: organizaciones como Ambientalistas Autoconvocados, Greenpeace, Surfrider, Asociación de Surf Argentina, Patagonia Natural, MAR, Kula Earth, Surfistas de Necochea, Asociación Gral. Alvarado de Surf y Ecos del Mar también hicieron sus reclamos.

 

Todos los expedientes se unificaron por tener el mismo objetivo y ya desde la semana pasada, como adelantó Data Clave, el juez estaba en condiciones de resolver sobre el posible otorgamiento de la cautelar. En la resolución, marcó que el análisis de la situación iba a ser contemplado bajo “el modelo de desarrollo sustentable impuesto por la Constitución Nacional a partir de la Reforma Constitucional de 1994”, donde se hace foco en la idea de que “toda acción de desarrollo impulsada por el hombre, tendrá como límite la no afectación del ambiente, dentro de ciertos parámetros previamente establecidos”.

 

Enmarcó la causa bajo los parámetros previstos por la Corte Suprema: “cuando existen derechos de incidencia colectiva atinentes a la protección del ambiente la hipotética controversia no puede ser atendida como la mera colisión de derechos subjetivos, pues la caracterización del ambiente como ‘un bien colectivo, de pertenencia comunitaria, de uso común e indivisible’ cambia sustancialmente el enfoque del problema. Por esa razón, la solución tampoco puede limitarse a resolver el pasado, y fundamentalmente, a promover una solución enfocada en la sustentabilidad futura, para lo cual se exige una decisión que prevea las consecuencias de ella se derivan”.

 

Al respecto, el secretario de Energía, Darío Martínez, expresó que “somos respetuosos de la Justicia, pero esto no es cosa juzgada, y estamos convencidos que la exploración y la producción Offshore es segura, no contamina, no perjudica la fauna Marina, y por el contrario, genera recursos para el país y trabajo genuino y actividad económica para las localidades desde donde se opere el desarrollo de esta actividad”.

 

Luego de una reunión con gobernadores en el Norte argentino junto a autoridades del Gobierno nacional, Martínez adelantó que “se apelará la medida y que los abogados del Ministerio de Ambiente, del Ministerio de Energía y la Procuración, están analizando el fallo y preparando la presentación judicial correspondiente”.

 

Comments are closed.