ARA San Juan: la Cámara Federal de Mar del Plata revocó la prohibición de salida del país de Macri

ARA San Juan: la Cámara Federal de Mar del Plata revocó la prohibición de salida del país de Macri

Había sido impuesta por el juez Bava en la causa por espionaje ilegal. El tribunal, integrado por los magistrados Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza, dijo que la decisión no estaba justificada. El ex presidente viaja a Chile.

25 de noviembre de 2021

La Cámara Federal de Mar del Plata revocó hoy la prohibición de salida del país al ex presidente de la Nación Mauricio Macri que había sido dictada por el juez federal de Dolores Martín Bava en la causa en la que lo investiga por el espionaje ilegal a familiares de los submaristas del ARA San Juan.

 

La decisión fue tomada por los magistrados Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza en coincidencia con el nuevo pedido de salida del país que hizo Macri para viajar a Chile después de regresar a Arabia Saudita.

 

Consideramos que el juez al momento de disponer la prohibición de salida no ha realizado el necesario mecanismo de estimaciones del cual se pueda colegir los motivos sobre los que basa su decisión, ya que no ha analizado ni las diferentes medidas alternativas de cuidado, ni ha expuesto las alegaciones que lo convencen en su faz interna en la necesidad de adoptar la medida cautelar fijada”, señalaron los camaristas en su resolución.

 

El juez Bava le impuso a Macri la prohibición de salida del país cuando lo citó a indagatoria el 1 de noviembre pasado. En ese momento el ex presidente estaba en los Estados Unidos. Al regresar a la Argentina, y en la tercera citación, Macri se presentó en la justicia.

 

Su defensa, a cargo del abogado Pablo Lanusse, apeló la decisión para que sea revocada por la Cámara Federal de Mar del Plata. Su planteo fue acompañado por el fiscal general Juan Manuel Pettigiani que calificó la prohibició de “desproporcionada”.

 

Los jueces de la Cámara Federal de Mar del Plata señalaron que una medida de restricción como es la prohibición de salida del país se tiene que dictar “en pautas objetivas que aconsejen la conveniencia de adoptar tal decisión, debiendo encontrar asidero en una mínima investigación que en definitiva aconseje adoptar una medida de tal carácter, por lo que aquélla deberá limitarse a los casos en que fuese absolutamente indispensable para asegurar el descubrimiento de la verdad”.

 

Para Tazza y Jiménez eso no se da en el caso de Macri porque las argumentaciones del juez Bava “no permiten comprender en qué motivos de estricto corte personal se funda la prohibición de salida del país” y que además omitió “analizar las pautas relacionadas con el peligro de fuga (ver art. 221 del C.P.P.F.), y los indicios que deben ser apreciados para justificar el peligro de entorpecimiento de la investigación”.

 

El ex presidente está acusado en la causa de haber ordenado el espionaje ilegal a los familiares del ARA San Juan y de haber utilizado esa información ilegal que produjeron agentes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) en reuniones con familiares. Los ex titulares Gustavo Arribas y Silvia Majdalani están procesados en la causa.

 

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