El organismo aprobó la acordada 83, en la que definió el protocolo sanitario para los próximos comicios legislativos. Contagiados, contactos estrechos y grupos de riesgo podrán no asistir a votar.
La doble fecha electoral de este año activó una serie de preguntas entre los electores en medio de la pandemia de coronavirus. Por ejemplo, qué deberán hacer los ciudadanos que cumplan aislamiento por contagio confirmado de Covid-19, los que tengan síntomas compatibles con la enfermedad o quienes sean “contacto estrecho” de otro contagiado.
La respuesta la dio la Cámara Nacional Electoral (CNE) a través de la acordada 83, que se conoció esta semana: todos ellos estarán autorizados legalmente a no votar en las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) previstas para el 12 de septiembre y en las legislativas del 14 de noviembre en las que serán electos 127 diputados y 24 senadores a nivel nacional.
La misma excepción se aplicará para quienes integren grupos de riesgo que por indicación médica deban evitar los lugares con movimiento de gente, según señala el artículo 11 de la norma antes mencionada. Se trata, según reportó la agencia oficial Telam, de un “protocolo sanitario” para la realización de los comicios en este contexto de pandemia.
Sin embargo, si estas personas comprendidas en las distintas justificaciones para no votar quieran ejercer de todas formas su derecho a sufragar, entonces el juez electoral del distrito que corresponda deberá “determinar el procedimiento de emisión del voto”.
Estas decisiones fueron adoptadas por la Justicia Electoral y regirán para las dos fechas electorales de este año.