Mantienen medida cautelar ante posible contaminación del puerto

Mantienen medida cautelar ante posible contaminación del puerto

La restricción judicial, que por el momento frena el avance de las obra de dragado, responde a la falta de informes de impacto ambiental que avalen el tratamiento de los sedimentos extraídos de los trabajos ya realizados y el insuficiente diagnóstico del OPDS.

27 de noviembre de 2020

En una audiencia virtual, las partes expusieron visiones y resultados de informes en relación al pedido del Consorcio Regional Portuario de levantar la medida cautelar que rige desde febrero de 2019 por el tratamiento y el destino final de los sólidos depositados en piletones del Espigón 13, producto de obras de dragado, que de acuerdo al informe de Análisis Pericial de Superintendencia Federal de Bomberos, arrojaron resultado positivo para la presencia de aceites, grasas y materia orgánica no polar, que -sostiene el acta- deberían ser consideradas residuos peligrosos.

 

La resolución del juez federal Santiago Inchausti de mantener la medida cautelar hasta tanto el Consorcio Portuario y el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) presenten la documentación ambiental referida al tratamiento y disposición final de los residuos que podrían ser peligrosos para el medio ambiente, estuvo en consonancia con el dictamen fiscal que quedó expreso en la oralidad de la audiencia.

 

En este sentido, y luego de escuchar las exposiciones y las respuestas de las operadoras técnicas de los organismos provinciales y la querella, el fiscal general Daniel Adler, a cargo interinamente de la Fiscalía Federal N°2, sostuvo: “Este Ministerio Público lamentablemente se encuentra obligado a mantener la medida cautelar requerida. Digo lamentablemente porque se obstruye una obra fundamental como es la obra que permite la navegabilidad del puerto. Pero para que esto pueda realizarse debemos garantizar también que el medio ambiente no corra ningún tipo de riesgo y hoy esa certeza no la tenemos”.

Al argumentar la posición tomada, el fiscal general entendió como determinante lo dicho por la ingeniera de la OPDS Silvina Ambrosio, quien participó de la audiencia: “Como autoridad de aplicación ambiental en la provincia dijo que no habían recibido las muestras y por lo tanto no tenía un diagnóstico suficiente sobre el residuo de la geomembrana, que pidieron análisis complementarios a quien hoy pide el levantamiento de la medida cautelar, el Consorcio Regional del Puerto y no fueron remitidos”, sostuvo el fiscal.

 

Y tomó en consideración también lo expuesto por la oficial Natalia Salmaso, de la División Ensayos y Análisis Pericial de Superintendencia Federal de Bomberos, quien ratificó el informe que consta en la causa respecto a la toxicidad del material, que permanece contrapuesto con lo dicho por el especialista en oceanografía química, Jorge Marcovecchio.

 

Frente a ello, el representante del MPF reparó en que “no tenemos hoy opinión de la autoridad ambiental sobre si los residuos que están en los piletones hace muchísimo tiempo, son o no son contaminantes”.

 

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