A través de un comunicado, el gobierno bonaerense estableció una serie de prohibiciones sobre distintas actividades, por ejemplo las peluquerías. Desde la Municipalidad hay cautela ya que no tienen precisiones de la medida.
El Gobierno bonaerense emitió un comunicado este lunes, el cual no permitirá la apertura de distintos rubros correspondientes a los comercios minoristas, pero autorizará el regreso de las actividades manufactureras.
En el marco del anuncio, contemplado dentro de las medidas sanitarias ante la pandemia del coronavirus, se aclaró que se unifican los criterios sobre las excepciones del aislamiento debido a la “heterogeneidad” de los pedidos llegados desde los 135 municipios.
Al respecto, la Municipalidad no tiene precisiones del anuncio y se maneja con cautela, sin ninguna comunicación hasta tener claro cuáles rubros no podrán funcionar. Una de las actividades que claramente quedó plasmado en el documento provincial son las peluquerías, que deberán cerrar nuevamente, sin embargo se temen otras prohibiciones.
Funcionarios que consultó Loquepasa.net prefirieron no hablar públicamente hasta tener estipulado el futuro de cada actividad. Consideran que si bien es un anuncio confuso y “negativo” para algunas actividades, es “alentadora” para otras como las casas de electrométricos y la construcción privada, que ya tenía el visto bueno por el intendente Guillermo Montenegro.
En el comunicado del gobierno de Axel Kicillof se hace hincapié en que la decisión de mantener algunas prohibiciones en los municipios de más de 500 mil habitantes se tomó para “evitar aglomeraciones poblacionales en centros comerciales a cielo abierto o calles céntricas, y dada la alta capacidad de contagio de algunos servicios personales por la cercanía entre quien presta el servicio y el usuario”.
-Disposiciones aplicables a los distritos del AMBA y otros aglomerados de más de 500.000 habitantes
-Servicios de alojamiento;
-Servicios de peluquería y estética;
-Venta minorista de productos textiles; prendas y accesorios de vestir; calzado; juguetes; artículos de esparcimiento y deportes: solo venta telefónica o por canales electrónicos, con entrega a domicilio.
-Servicios de comidas y bebidas: solo entrega a domicilio o retiro en el local.
Por último, se recordó que se encuentran absolutamente prohibidas en todo el territorio nacional las siguientes actividades, de acuerdo con el DNU de orden público 459/2020:
-Dictado de clases presenciales de todo tipo y especie.
-Eventos públicos y privados de todo tipo y especie.
-Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público que implique la concurrencia de personas.
-Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional.
-Actividades turísticas y apertura de parques, plazas o similares.