Tras la aprobación en el Concejo Deliberante, el Ejecutivo local promulgó de manera inmediata la ordenanza impulsada por el oficialismo. La norma establece un esquema de registro y fija las condiciones que deberán cumplir las empresas, los choferes y los vehículos para operar en la ciudad.
El gobierno de Agustín Neme avanzó rápidamente con la implementación del nuevo marco regulatorio para las aplicaciones de transporte y reglamentó la ordenanza que habilita la actividad de Uber y otras plataformas digitales en Mar del Plata.
La decisión del Ejecutivo se produjo pocos días después de que la iniciativa fuera aprobada en el Concejo Deliberante con los votos de la mayoría oficialista. Con la promulgación, la normativa quedó vigente y comenzó a correr el proceso para que las compañías interesadas puedan encuadrarse dentro del esquema previsto.
La ordenanza crea un registro específico para las Empresas de Tecnología de Movilidad, en el que deberán inscribirse las firmas que vinculen a pasajeros y conductores mediante aplicaciones o sistemas digitales. Además, las compañías tendrán que constituir domicilio en el distrito y contar con una dirección electrónica para recibir comunicaciones oficiales.
El texto también asigna a las plataformas la responsabilidad de controlar que tanto los conductores como las unidades afectadas al servicio cumplan con las exigencias previstas por la reglamentación.
Entre las condiciones establecidas para los choferes figuran la posesión de una licencia profesional D1 otorgada en General Pueyrredon, la presentación de antecedentes penales actualizados y la acreditación de la propiedad del vehículo o de la autorización correspondiente para utilizarlo.
En cuanto a los automóviles, deberán contar con la documentación obligatoria para circular, seguro destinado al transporte remunerado de pasajeros, Verificación Técnica Obligatoria al día y una antigüedad que no supere los 15 años. Asimismo, deberán exhibir una identificación visible que permita reconocer que están habilitados para trabajar a través de estas plataformas.
La normativa establece además que los viajes deberán contratarse exclusivamente por medio de las aplicaciones, por lo que queda vedada la captación de pasajeros en la vía pública.
Como disposición transitoria, se fijó un plazo de 90 días desde la reglamentación para que las empresas se adecuen a las nuevas exigencias.