El Gobierno actualizó el recargo para subsidiar el gas en zonas frías y lo trasladará a todas las tarifas

El Gobierno actualizó el recargo para subsidiar el gas en zonas frías y lo trasladará a todas las tarifas

A través de una resolución oficial, el Ejecutivo elevó al 6,20% el recargo que se aplica sobre el precio del gas en boca de pozo. La suba impactará en la tarifa de todos los usuarios del país para sostener los subsidios en regiones con bajas temperaturas.

3 de junio de 2025

El Gobierno nacional dispuso un nuevo incremento en el recargo destinado a financiar el consumo de gas natural en las zonas más frías del país. La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial mediante la Resolución 718/2025 de la Secretaría de Energía, establece que el recargo aplicado sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST) pasará del 6% al 6,20% a partir de junio.

 

Este ajuste, que se suma al ya implementado en abril pasado, impactará de forma directa en las tarifas que pagan todos los usuarios, ya que las distribuidoras deberán trasladar ese porcentaje al precio final, conforme a lo dispuesto por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).

 

El fondo que se nutre de este recargo tiene como finalidad sostener los descuentos en las facturas de gas que reciben los usuarios residenciales de regiones con climas severos, como la Patagonia y otras áreas del sur del país, donde las temperaturas extremas elevan significativamente el consumo. En esas zonas, los hogares acceden a tarifas reducidas, muchas veces con rebajas cercanas al 50% respecto de las que se aplican en regiones de clima templado.

 

El nuevo porcentaje se aplicará tanto sobre los volúmenes vendidos como sobre el autoconsumo de las empresas del sector, teniendo en cuenta el consumo en metros cúbicos, el precio promedio ponderado de las ventas de cada firma, y la alícuota vigente.

 

Al fundamentar la decisión, el Ejecutivo argumentó que se prevé una mayor demanda de recursos para sostener el esquema de subsidios, sumado al desfasaje temporal entre la entrada en vigencia del nuevo valor y su efecto concreto en la recaudación del fondo fiduciario. Además, se indicó que las comercializadoras deberán trasladar con precisión este nuevo recargo sobre cada metro cúbico comercializado con un poder calorífico de 9.300 kilocalorías.

 

La decisión se enmarca en la política oficial de reducir progresivamente los subsidios generalizados para avanzar hacia un modelo más focalizado. En este sentido, la resolución advierte que el sostenimiento del actual esquema con aportes del Tesoro “resulta incompatible con la situación financiera del Estado Nacional”, y remarca que ya no es posible mantener transferencias amplias como las que realizaron gestiones anteriores.

 

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